domingo, 9 de junio de 2013

Perú - Chile Límites marítimos: Demanda ante la Corte de La Haya

En 2012 Perú y Chile expusieron sus argumentos ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya por el desacuerdo marítimo entre sus fronteras. Aun así, el país vecino, en voz del mandatario Sebastián Piñera, considera tener una posición sólida.
Ollanta Humala, presidente peruano: "En el gobierno y en el equipo jurídico existe convicción en nuestros argumentos, sin que esto deba confundirse con triunfalismo".
Se espera que la Corte de a conocer su veredicto entre junio y julio de este año, pues no hay una fecha fija. Aun así, tanto Perú como Chile han indicado que, sea cual sea la decisión de la Corte, la respetarán y seguirán cultivando en años futuros la relación bilateral.
Los argumentos de Chile en el litigio marítimo con Perú ante La Haya se basan principalmente en la existencia de tratados y la aceptación de éstos a lo largo del tiempo.
A continuación, un detalle de la postura chilena en la Corte Internacional:
Chile postula que el límite entre él y Perú se encuentra definido por acuerdos antiguos y dignos de respetar. Así consta en instrumentos vigentes con fundamentos en las declaraciones jurisdiccionales concordantes de 1947 y en los Acuerdos de 1952 y 1954 como la Aclaración Adicional a este último Convenio. 
Chile sostiene además que dicho límite marítimo fue señalizado mediante las actas y actos de 1968 y 1969 que materializaron en terreno el paralelo del Hito N° 1, mediante señales luminosas por medio de las cuales se puede apreciar dónde está la línea divisoria de los Estados. 
Sobre la “práctica”, en tanto, enfatiza el ejercicio de soberanía y jurisdicción por parte de Chile y el reconocimiento de ésta por parte del Perú  que se ha aplicado durante todos estos años. Esta se puede apreciar, entre otros aspectos, en las detenciones de buques extranjeros que traspasan la zona delimitada y ejercicios de maniobras de navegación y aeronavegación que ahí se han llevado a cabo.
Perú demandó a Chile ante La Haya el 2008, instancia donde solicitó una delimitación marítima con nuestro país, asegurando que dichos límites no son reales ni justos.
Además de eso, Perú pide en el litigio la soberanía de un sector que actualmente es considerado de alta mar.
A continuación, el detalle de los argumentos peruanos en la Corte Internacional:
Perú basa su argumentación en desconocer que los tratados establecen límites marítimos. Según la defensa de ese país la Declaración de Santiago de 1952 se refiere a un supuesto (la existencia de islas) que sólo es aplicable entre Ecuador y Perú, no siendo aplicable a la relación chileno peruana.  
A su vez agrega que la expresión "límite marítimo" contenida en el Convenio de 1954 no puede ni debe interpretarse sino en función de una línea convenida con la exclusiva finalidad de orientar las embarcaciones pesqueras artesanales, por lo que este Convenio agota sus efectos en el ámbito pesquero artesanal. 

En la misma línea, asegura que Perú y Chile en 1968 y 1969 suscribieron documentos  para facilitar la orientación de los pescadores que realizan faenas en las cercanías de la costa. Para dicho fin colocaron los faros de enfilamiento. 
Para concluir Perú no tiene ningún argumento válido para basarse ya que los argumentos dados en la haya serían una contradicción con los tratados hechos con chile durante los últimos tratados que aún siguen vigentes. 
                                                                                                           Natalia Pérez - Angélica Concha

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